Quedan exentos los Certificados médicos para Pilotos de Dron (RPAS)

Como bien sabéis, la legislación Española hasta fecha exigía que los Pilotos de RPAS obtuviesen un certificado médico aeronáutico para poder volar.

Dado el estado de alarma en el que nos encontramos, las autoridades han emitido un comunicado frente a la imposibilidad que estamos teniendo los pilotos para la renovación de los certificados vigentes. En el comunicado se indica que se prorrogarán 4 meses la validez desde la fecha de caducidad. Lo que da márgen para que podamos seguir trabajando.

Es una prorroga coherente con la normativa europea sobre operación de aeronaves no tripuladas, cuya aplicación está prevista para el próximo 1 de julio, que no contempla la necesidad de certificado médico para un abanico amplio de operaciones.

Os dejamos copia del texto de las Disposiciones Generales que han sido publicadas el día 23 de abril de 2020.

Artículo 4. Exenciones para los certificados médicos de pilotos remotos en el ámbito del Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre.
Podrán seguir siendo utilizados durante cuatro meses adicionales desde la fecha de caducidad de los mismos, los certificados médicos de los que sean titulares los pilotos remotos que ejercen sus funciones en operadores de aeronaves pilotadas por control remoto (RPAS) habilitados ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que hayan sido emitidos según los requisitos del anexo IV, parte MED, del Reglamento (UE) n.º 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, o los requisitos del anexo IV, parte ATCO-MED, del Reglamento (UE) 2015/340 de la Comisión, de 20 de febrero de 2015, y
b) Que fueran válidos a fecha 14 de marzo de 2020, y cuyo periodo ordinario de validez expirase antes del 31 de julio de 2020.

DESCARGA EL DOCUMENTO OFICIAL AQUÍ.

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